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Montaje de dos abuelos con papeles junto a la imagen de una hucha con dinero en forma de cerdito

El mínimo de cotización que exigirá el SEPE para cobrar la ayuda para mayores de 52

Este subsidio se presenta como uno de los más atractivos por conservarse hasta la edad de jubilación

Para recibir cualquier tipo de ayuda, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) exige el cumplimiento de unas condiciones. Y el subsidio para mayores de 52 años no iba a ser menos. Dicho organismo solicita que se alcancen unos mínimos de cotización que no estarán al alcance de cualquier trabajador.

La mayor parte de los que recurren a este tipo de ayuda son personas que acumulan una amplia carrera laboral. En la recta final de su vida profesional pierden su trabajo y se enfrentan a un panorama especialmente complicado. Sobre todo por las dificultades que hay para reintegrarse en el mercado.

Después de agotar la prestación contributiva por desempleo tienen la posibilidad de pedir el subsidio para mayores de 52 años. La cuantía del mismo se asemeja bastante al del resto de ayudas al que tendrán acceso los parados, que son 480 euros al mes.

Pero en este caso concreto, hay una particularidad que le hace diferente al resto. Los que accedan a este subsidio podrán cobrarlo de manera ininterrumpida hasta alcanzar la edad legal de jubilación. Cotizando además para dicha pensión.

Montaje de oficina del SEPE con mano con billetes
Esta ayuda del SEPE se puede cobrar la edad de jubilación | Europa Press, Getty Images

Exigencias para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Para beneficiarse de esta prestación, el SEPE exige que el parado mayor de 52 años haya cotizado por desempleo un tiempo. En concreto un mínimo de seis años al régimen general. Además, a la hora de presentar la solicitud debe reunir todos los requisitos, excepto la edad, para disfrutar de la pensión contributiva de jubilación.

Pero las exigencias no se detienen ahí, ya que durante su vida laboral es preciso que tenga acumulados al menos 15 años cotizados. De los cuales, dos de ellos deben estar incluidos en los últimos 15 años, publica el Diario Sur.

Dentro de ese grupo de años cotizados para la jubilación se requiere un mínimo de seis con cotizaciones por desempleo en el régimen general. Esta última medida supone todo un obstáculo para ciertos colectivos, como puede ser el de los trabajadores autónomos.

Montaje del cartel de prestaciones del SEPE con un cajero sacando dinero
Para tener acceso a esta prestación, hay una serie de requisitos que debes cumplir | Getty Images, SEPE

No habrá ningún problema si ha cotizado en distintos regímenes siempre que tenga ese periodo como empleado por cuenta ajena. Pero alguien que haya estado toda su carrera como profesional autónomo no podrá disfrutar de esta ayuda.

Supone un contratiempo importante para los autónomos o empleadas del régimen del hogar. Puede darse el caso de que hayan contribuido a la Seguridad Social durante 30 años.

Sin embargo, les faltan esos seis años de cotización mínima en el régimen general para pedir el subsidio de mayores de 52 años. No hay que olvidar que este grupo de trabajadores cotiza para la prestación por cese de actividad, no por desempleo.

¿Por qué la ayuda de mayores de 52 cuenta con tantas ventajas?

El subsidio para mayores de 52 años asciende hasta los 480 euros al mes. Es la única ayuda que se concede que tiene un carácter indefinido, ya que podrá percibirse sin interrupciones hasta la edad de retirada. Además, también cotiza a la Seguridad Social con vistas a la jubilación.

Montaje de un trabajador de la construcción y en el lado izquierdo de la imagen varios billetes de euro
Para beneficiarse del subsidio es preciso tener cotizado al menos 15 años | PixaBay, Billion Photos

De ello se encarga el servicio público de empleo. Lo hará por el 125% de la base mínima de cotización que se encuentre vigente cada año. En 2023 llega a los 1.458,37 euros mensuales.

Estos requerimientos mencionados son posiblemente los más importantes a cumplir para beneficiarse de la misma. Además de estar en paro y alcanzar unos mínimos de cotización, también debe encontrarse registrado como demandante de empleo. En concreto, durante un mes desde que finaliza la prestación que estaba cobrando.

A ello se le une también que debe cumplir el compromiso de actividad y el requisito de carencia de rentas propias. Piden que los ingresos mensuales no rebasen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.