Un día, de forma inesperada, llega el fatídico instante que nadie desea que suceda: la muerte de un familiar cercano. En este momento de pesadumbre, en muchas ocasiones, toca pagar y llevar varios trámites burocráticos. Uno de ellos es el Impuesto de Sucesiones.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se aplica cuando una persona fallece y sus bienes, propiedades o activos son transferidos a sus herederos o beneficiarios. Este impuesto se basa en el valor total de los activos recibidos y puede variar según el país y la jurisdicción en la que se aplique.
En términos generales, tiene como objetivo recaudar fondos para el gobierno y ayudar a mantener los servicios públicos y programas gubernamentales. Sin embargo, la manera en que se aplica y la cantidad de impuesto a pagar pueden variar en función de algunos condicionantes.
En algunos países, existe una exención o un umbral de herencia por debajo del cual no se aplica el impuesto. Esto significa que, si el valor total de la herencia está por debajo de cierta cantidad, los herederos no tienen que pagar impuestos sobre esos activos.
Desgraciadamente, este impuesto lo sufren muchos españoles y genera polémica. Para el Gobierno, una herencia es considerada una transacción económica entre dos partes. Esto es así, aunque una de estas partes haya fallecido recientemente.
En este sentido, hay un importante organismo que ha ofrecido una serie de consejos para ahorrar una parte de este impuesto. Se trata de la Organización de Consumidores (OCU).
Los trucos infalibles que propone la OCU
Para esta organización, la clave es muy sencilla. Si no tienes mucho que donar en el momento de tu muerte, el impuesto será menor. Pero eso no significa que te arruines antes de fallecer.
Lo que la OCU quiere decir es que puedes gastar tu dinero en vida en compañía de las personas que amas. En este caso, es en realidad un regalo para los familiares, por lo que no debería haber impuestos de ningún tipo.
Puedes, por ejemplo, invitarlos a un viaje grande, ayudar con la casa o los estudios o pagar bienes de consumo. De esta manera ahorrarás a tus familiares trámites engorrosos si al fallecer el individuo tiene un patrimonio alto.
Por otro lado, este impuesto de Sucesiones varía mucho en función del lugar de residencia. No tiene nada que ver lo que pagará un andaluz, con lo que pagará un catalán cuando un familiar fallezca. Así que, mudarse a una región más flexible con este tema es una opción interesante.
La última posibilidad que plantea la OCU es donar con estrategia y en vida. De esta manera, tus bienes pueden ser transferidos con menor coste fiscal en lugar de ser por una herencia.
¿Qué porcentaje de la herencia hay que pagar en este impuesto?
Sin embargo, si no llevas a cabo estos trucos y te toca pagar, los porcentajes de la herencia varían. Según la Ley 29/1987, del 18 de diciembre, sobre el impuesto de Sucesiones y Donaciones, se establece un porcentaje que oscila entre el 8,65 % y el 34 %, al cual se aplican después las bonificaciones específicas de cada comunidad.
Otro aspecto relevante es considerar los distintos grados de parentesco que contempla la ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
- Grupo 1: Comprende a todos los descendientes y adoptados menores de 21 años.
- Grupo 2: Abarca a los descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
- Grupo 3: Incluye a hermanos, tíos y sobrinos.
- Grupo 4: Engloba a primos y otros grados de parentesco más distantes.